Medicación
ATENCIÓN AL AFILIADO
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LUNES A VIERNES DE 9 A 18 HORAS
¿Quién es Beneficiario?
Discapacidad
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Medicación
Esta Obra Social establece la obligación de los prestadores, según la ley 25.649 Decreto 987/2003, de promover la utilización de medicamentos por su nombre genérico y de aquellos incluidos en el Formulario Terapéutico del Programa Médico Obligatorio vigente, por lo mismo toda receta o prescripción medica debe expresar el nombre genérico del medicamento o denominación internacional, seguida de la forma farmacéutica y dosis/ unidad, con detalle del grado de concentración, favoreciendo así el derecho de la libre elección del consumidor de medicamentos.
AMBULATORIO: Se podrá adquirir con descuento del 40% medicamentos de uso habitual y del 70 % para medicamentos destinados a patologías crónicas prevalentes, en las farmacias adheridas. De acuerdo al art. 2º de la Res. Nº 310/2004 modificatoria de la Res. 201/2002 Se contemplara la cobertura de medicamentos de alternativa terapéutica, evaluadas por nuestra Auditoria Medica con las recomendaciones establecidas en el Anexo V.
La cobertura comprende a todos los medicamentos de venta bajo receta que estén incluidos en el Programa Médico obligatorio y/o el que se dicte en el futuro.
MEDICACIÓN ONCOLÓGICA
Se cubrirá el 100% de los medicamentos según protocolos nacionales aprobados por la autoridad de aplicación.
MEDICACIÓN DE INCIDENCIA Y BAJO COSTO
Esta medicación está cubierta al 100% con autorización previa de la receta médica.
MEDICACIÓN PARA HIV
Están cubiertos al 100%. Para la provisión de drogas deberá presentar Historia Clínica, protocolo de tratamiento incluyendo dosis diaria y tiempo estimado de tratamiento.
MEDICAMENTOS E INTERNACIÓN
Están cubiertos al 100%, involucra a toda la medicación necesaria durante una internación y los materiales descartables inherentes a la misma.
MEDICAMENTOS CUBIERTOS AL 100%
- Erittiproyetina para tratamiento de la Insuficiencia Renal Crónica
- Dapsona para el tratamiento de la lepra
- Factor VII y antihemoliticos
- Somatotropina
- Ceredace (trat. De la enf. De Gaucher)
- Inmunoglobulina antihepatitis B según recomendaciones de uso del Anexo III verificados por auditoria.
- Drogas para tratamiento de la tuberculosis
- Cobertura al 100% para medicamentos incluidos en los Anexos III y IV y los que se encuentren comprendidos en las normas de aplicación de la Res. 301/99, cobertura de insulina 100% y Res. 791/99.
- Cobertura al 100% de la Piridostigmina (comp. x 60) destinado al tratamiento de la Miastenia Gravis en la dosis diaria para cada caso.
- Cobertura al 100% para medicación de uso anticonceptivo incluidos en los anexos III y IV y que se encuentran explícitos en la Ley 25.673 de Salud Sexual y Procreación responsable. -Se cubren al 100% dispositivos intrauterinos, dispositivos de cobre, condones con y sin espermicidas, diafragma y espermicidas.
- Se cubre al 100% la medicación de soporte clínico de la quimioterapia destinada a la prevención y tratamiento de los vómitos inducidos por los agentes antineoplásicos (ondasetron) según los protocolos aprobados por la autoridad de aplicación.
- Se cubre al 100% la medicación analgésica destinada al dolor de pacientes oncológicos según los protocolos aprobados por la autoridad de aplicación
- Tiene cobertura al 100% los medicamentos con apoyo financiero del Fondo de Redistribución a cargo del sistema único de reintegro (SUR), según la resolución 1561/12 y 1511/12, y sus modificatorias, 1048/2014 a partir de junio de 2014, Resolución 400/2016. – También se brinda cobertura al 100% a los programas comprendidos en las leyes de protección de grupos vulnerables.